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Dos policías locales de Salamanca, en una intervención en una imagen de archivo. Salamancahoy

Las multas por lanzar graves insultos a la Policía Local en Salamanca: de «sicarios» a «chulos»

Durante el año 2024 se registraron por los agentes municipales 71 expedientes por insultos, resistencia y amenazas en sus actuaciones

Juanjo González

Salamanca

Miércoles, 11 de junio 2025, 08:11

España registró en 2024 un total de 16.878 atentados contra la autoridad, lo que supone un aumento del 30% desde la pandemia de la covid-19. Estos atentados, que incluyen agresiones a agentes de las Fuerzas de Seguridad, son considerados delito de desobediencia a la autoridad.

Salamanca tampoco es ajena a este tipo de delitos y solo en 2024, contabilizadas por la Policía Local de Salamanca, se registraron 71 actuaciones de los agentes municipales en este sentido, que englobaron expedientes sancionadores por insultos, resistencia, faltas de respeto y amenazas ante los policías locales intervinientes. Una cifra que viene a ser lo habitual de los años anteriores.

Desde la Policía Nacional en Salamanca no se han facilitado datos en este sentido a este medio, remitiéndose a los datos nacionales del Ministerio en este sentido.

En esos datos nacionales se destaca que durante 2024 se dieron 16.878 agresiones a funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, algo más que el año anterior (16.833). En los últimos seis años el aumento de esas infracciones penales se ha elevado en este sentido un 36,4%.

Los insultos y faltas de respeto en Salamanca: 'sicarios', 'hijos de puta', 'maricas'

En la actualidad, el Ayuntamiento de Salamanca tiene abiertos para expedientes sancionadores en este sentido por insultar o proferir expresiones despectivas a los agentes actuantes cuando desarrollan su actuación. Todas ellas con una propuesta de sanción de 250 euros cada una -125 si lo hacen por pronto pago-, aunque los insultos sean graves. En este sentido, son catalogadas como «infracciones administrativas de carácter leve contemplada en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, consistente en las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal».

Así, el pasado 23 de febrero de 2025 a las 4:02 de la madrugada, una persona se dirigió a los agentes en este sentido: «sois unos chulos, maricas sinvergüenzas», «sois gilipollas, unos bobos que sois unos sicarios». Solo un día antes, el 22 de febrero de 2025, en este caso en la calle Victoria a la 1:49 de la noche, otro ciudadano le dijo a los funcionarios municipales «me tocáis los huevos», «maricas», «te rompo la boca»...

El 19 de abril de 2025, a las 9:49 horas de la mañana, otra persona expresó a los policías locales la siguiente frase cuando desarrollaban su actuación: «Me cago en vuestros muertos». Unos días antes, el 9 de abril, en la calle Varillas, otro ciudadano les dijo a los agentes «tu puta madre» a las 3:06 de la madrugada.

Y, ya más reciente, el pasado 17 de mayo en la calle del Doctor Jaime Vera de la capital salmantina, la expresión lanzada contra los agentes fue la siguiente: «Ya estáis tocando los cojones y estas son las subnormalidades que hacéis la policía local».

Las penas y lo que dice la ley

¿Cuáles son las penas por atentar contra los agentes de las Fuerzas de Seguridad, por ejemplo a Policías Nacionales? Pues depende de cómo sean catalogados. La desobediencia leve puede ser sancionada con multa; si hay desacato a la autoridad, la multa puede ir de uno a tres meses, mientras que si el acto de desobediencia es grave se establecen penas de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses.

Según la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros. Dentro de las multas leves están incluidas las aquí citadas: las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal.

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